Desde la pasada semana está publicada en la edición ordinaria de la Gaceta Oficial No. 75, la Resolución No. 349 de 2019 del Ministerio de Transporte (Mitrans), que reglamenta los procesos para realizar cambios y conversiones a los vehículos de motor, remolques y semirremolques, pertenecientes a personas jurídicas y naturales.
La Resolución, que entrará en vigor trascurridos 30 días naturales a partir de su publicación, permite resolver problemas actuales en la ejecución de los procesos de cambios y conversiones, pues no existía norma legal para establecer los procedimientos, además de que se autorizan nuevas modificaciones, lo que significa una flexibilización.
Igualmente, se garantiza una mayor seguridad vial para los medios sometidos a estos cambios; se regulan las personas que técnicamente están autorizadas a realizarlos —lo que brinda una mayor garantía en su ejecución—, y se establecen los plazos para cada trámite, lo que agiliza su cumplimiento.
Pedro Ramón Velázquez Castillo, director de Seguridad Automotor del Mitrans, aseguró que el nuevo reglamento constituye una norma complementaria de la Ley No. 109, Código de Seguridad Vial, y se aplica a los inscriptos en el Registro de Vehículos pertenecientes a personas jurídicas o naturales que circulen por las vías del país, con excepción de los de interés de la defensa, especiales de la construcción, agrícolas, o de la aviación, además de los de tracción humana o animal.
Para el proceso de cambio y conversiones, el propietario del vehículo o su representante legal —quien ha de tener un poder notarial— debe cumplir los siguientes pasos: gestionar con las entidades comercializadoras el motor a utilizar (la entidad está obligada a dar una oferta que asegure la inversión), canalizar el proyecto técnico con las entidades estatales autorizadas, y solicitar el certificado en el Registro de Vehículos; deben entregarse además tres fotos del equipo antes de la conversión, así como el comprobante del pago del impuesto terrestre.
Si el vehículo es propiedad del Estado, debe llevar la resolución patrimonial que lo acredita como medio básico.
El cambio o conversión en el medio de transporte —el cual tiene un plazo no mayor a un año, con derecho a una prórroga de seis meses— ha de realizarse en instalaciones de taller pertenecientes a personas jurídicas o naturales habilitadas y certificadas a tal efecto por la autoridad administrativa de transporte.
Al término de las acciones de mejora, el vehículo debe pasar por la inspección técnica, el conocido «somatón».
Según el Reglamento, se aprobarán cambios a elementos de transmisión desde la salida del motor hasta las ruedas y la modificación del sistema de selección de velocidades y la caja de cambios.
También permite cambiar un auto de paseo techado a convertible; la adaptación de camiones y camionetas de carga para el transporte de pasajeros, y viceversa; y la instalación, modificación o desinstalación de dispositivos para el acoplamiento de remolques o semirremolques.
Otras posibilidades son la adaptación de partes de carrocerías entre vehículos de diferentes modelos dentro de la misma marca; adaptar partes y piezas de diferentes marcas y modelos en las motos y ciclomotores. Estas acciones podrán realizarse siempre y cuando las dimensiones entre los vehículos sean similares, entre otros aspectos.
Igualmente se permite el cambio de carrocerías y sus partes y piezas de autos de marca Lada modelos 2101, 2102, 2103, 2104, 2105, 2106, 2107, y Fiat modelo 125.
También se puede eliminar el maletero y alargar el techo de los autos de paseo; instalar o desinstalar rampas, elevadores, grúas, plataformas, furgones, asideros, escaleras, peldaños o sistemas de otra naturaleza ajenos al vehículo original, pero sin modificar la marca y modelo.
Se aprobó además la conversión de motocicleta con sidecar a moto sencilla, y viceversa, siempre que el modelo incluya como variante el sidecar y no requieran trabajos de modificación o adaptación en el cuadro.
En el caso del «Karpazuki», Manuel Lázaro Corujo Bosque, director jurídico del Ministerio del Transporte, explicó que este va a tener un nivel de respuestas con motores de hasta 100 cc.
El país ha importado un gran número de esas unidades para satisfacer la demanda por ser un medio de transporte útil y económico, de fácil movilidad, indicó el directivo.
No se autoriza